Sillas de ruedas y scooters

El diseño y la variedad de los aparatos asistentes de movilidad utilizados por las personas con discapacidades ha evolucionado enormemente. Los aparatos asistentes de movilidad eléctricos han pasado a ser mucho más comunes y a menudo incluyen opciones que pueden inclinar y elevar el asiento. Estas características aumentan el tamaño y peso de estos aparatos, lo que puede dificultar más la tarea de abordar el autobús, ya que el espacio interior en un autobús está limitado por el ancho de las vías de circulación y por el espacio despejado entre las ruedas.

Al adoptar regulaciones para implementar la Ley sobre estadounidenses con discapacidades de 1990 (ADA, por sus siglas en inglés), el Departamento de Transporte de los EE. UU. incluyó la siguiente definición para tratar esta cuestión:
  • Silla de ruedas implica un aparato asistente de movilidad que pertenece a cualquier clase de dispositivo de 3 o 4 ruedas, ya sea operado manualmente o de manera eléctrica, para uso en interiores y diseñado para/utilizado por individuos con impedimentos de movilidad. 
Los vehículos del sistema de transporte de High Point están diseñados para transportar sillas de rueda o scooters que miden 30" de ancho x 48" de largo y tiene un peso máximo que combina el peso de la persona que lo usa y del aparato asistente de movilidad de 800 libras. Si utiliza una silla de ruedas, scooter u otro aparato asistente de movilidad que supera cualquiera de las dimensiones antes mencionadas, quizás no pueda utilizar algunos vehículos de transporte público

Según la Administración Federal de Transporte, un aparato eléctrico de asistencia personal como el Segway no se considera que sea una "silla de ruedas común", conforme con la Ley sobre estadounidenses con discapacidades. Si usted usa un Segway para que lo ayude con las limitaciones de movilidad debido a una discapacidad, contacte a Transit a través del 336-889-7433 para deliberar si Transit puede satisfacer sus necesidades de transporte y de qué manera.